Riesgo de Trabajo
(Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo)
COBERTURAS Y CONTINGENCIAS
Accidente de trabajo:
Se define a todo acontecimiento súbito o violento en horario u ocasión del trabajo.
Accidente In Itinere:
Son aquellas contingencias que el trabajador pueda sufrir, en el trayecto de casa al trabajo o viceversa, siempre y cuando no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto, por causas ajenas al trabajo.
¿QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE?
0800-345-5663
(02966) 43-6847
1.
Dar aviso a su empleador.
2.
Comuníquese Usted o quien esté capacitado, al N° de teléfono gratuito
3.
Le preguntaran los detalles del accidente, su nombre, DNI, Institución, oficina o delegación en la que trabaja.
4.
Una vez realizada la denuncia telefónica, se habrá cumplido con la formalidad inicial indispensable para comenzar el proceso de atención médica.
Si usted requiere presentar documentación o informarse personalmente
puede concurrir a las oficinas de Chacabuco 302 de Rio Gallegos
en el horario de 8 a 15 hrs.